Póngase en contacto con nosotros

AEB

Condiciones generales de compra

  • Nuestras condiciones generales de contratación se aplican a todas las consultas y pedidos (asignación de pedidos) relativos al suministro de mercancías, incluido el software estándar, que estén destinados a ser instalados o combinados con máquinas suministradas por nosotros, así como a todos los servicios principales y secundarios relacionados con ello.
  • Entregas: máquinas, grupos, componentes, piezas, software y documentación técnica. Los servicios de montaje y puesta en marcha relacionados con los mismos, siempre que hayan sido solicitados por nosotros, se consideran inseparables.
  • Mercancías: entregas sin servicios de montaje y puesta en marcha.
  • Software: software estándar con documentación adjunta y soporte de datos.
  • Documentación técnica
  • Servicios: todos los servicios adicionales habituales, incluidos el envío, el embalaje, los documentos de acompañamiento de la mercancía y el control de calidad.
  • Instalaciones: máquinas en las que se introducen los productos o se combinan con ellos.

I.

  • Todos nuestros pedidos y su aceptación, así como sus modificaciones y adiciones, deben realizarse por escrito, incluido el correo electrónico. Los acuerdos verbales solo serán válidos si los confirmamos por escrito. No reconoceremos las condiciones del proveedor que contradigan o se desvíen de nuestras condiciones, incluso si tenemos conocimiento de las condiciones del proveedor y aceptamos una entrega sin reservas. Nuestras condiciones solo se aplican a empresas en el sentido del artículo 14, apartado 1, del Código Civil alemán (BGB). No obstante, también se aplican a todas las transacciones futuras con el proveedor, incluso si no acordamos su validez por separado en cada contrato.
  • Los pedidos realizados en respuesta a ofertas no vinculantes del proveedor solo nos comprometen durante un plazo de cinco días hábiles a partir de su recepción por parte del proveedor; transcurrido ese plazo, el pedido dejará de ser vinculante.
  • Si la confirmación del pedido del proveedor difiere de nuestro pedido, las diferencias solo serán válidas si se indican por separado en la confirmación del pedido y si las confirmamos por escrito como acordadas.

II

  • El proveedor y nosotros estamos mutuamente obligados a tratar como secreto comercial todos los detalles comerciales y técnicos no públicos que se den a conocer mutuamente a través de la relación comercial. Ambas partes contratantes solo podrán hacer publicidad de su relación comercial con el consentimiento previo por escrito. Los dibujos, modelos, muestras, planos, plantillas y objetos o datos similares, así como los detalles técnicos y comerciales (también sobre los artículos suministrados) que pongamos a disposición del proveedor o que paguemos, seguirán siendo o pasarán a ser de nuestra propiedad. No podrán cederse a terceros ni ponerse a su disposición de otro modo, y solo podrán utilizarse para su entrega a terceros con nuestro consentimiento previo por escrito. El proveedor deberá obligar a los subproveedores a cumplir lo mismo.

III.

  • El proveedor deberá cumplir en sus entregas y prestaciones las normas técnicas, las disposiciones de seguridad y las normas técnicas más recientes, así como los datos técnicos acordados, por ejemplo, las disposiciones de entrega, los planos de fabricación o los textos de los pedidos. Las entregas y prestaciones del proveedor deberán corresponder al estado actual de la técnica. El proveedor deberá utilizar el material primario más adecuado y en perfecto estado. El proveedor está obligado a exigir a sus posibles subproveedores que cumplan las disposiciones de estas condiciones de compra. Además, el proveedor deberá comunicarnos el uso y los nombres de los subproveedores antes de realizar el encargo.
  • Si los datos técnicos facilitados al proveedor son incompletos, ambiguos o contradictorios, el proveedor estará obligado a solicitar la documentación que falte o a pedir una corrección por escrito del pedido. Si en los datos técnicos entregados se hace referencia a otros datos técnicos y estos no se han entregado, el proveedor estará obligado a solicitárnoslos, si se trata de datos técnicos no accesibles al público, o a obtenerlos por sí mismo, si se trata de datos técnicos de acceso general, por ejemplo, normas, reglamentos, etc. Si se entregan planos en 2D y datos CAD, estos deben compararse entre sí y las discrepancias deben comunicársenos. Por lo general, los planos en 2D tienen prioridad sobre los datos CAD.
  • Tenemos derecho en todo momento a supervisar y auditar, previa notificación, la fabricación de nuestras piezas de suministro en las instalaciones del proveedor.
  • El proveedor está obligado a garantizar que los artículos que suministra cumplen los requisitos para el marcado CE obligatorio.
  • El proveedor está obligado a cumplir todas las especificaciones y obligaciones de notificación del Reglamento REACH en su versión vigente.

IV.

  • En el marco del artículo 377 del Código Mercantil alemán (HGB), solo estamos obligados a examinar la mercancía entregada en lo que respecta a defectos visibles y a la cantidad acordada.

V.

En caso de huelgas, interrupciones del servicio y otros casos de paralización de la actividad que nos impidan aceptar entregas y prestaciones sin que sea culpa nuestra, las partes contratantes acordarán una fecha alternativa adecuada; informaremos al proveedor a la mayor brevedad posible sobre los impedimentos para la aceptación.

El proveedor se compromete a informarnos por escrito (también por correo electrónico) inmediatamente después de detectar retrasos previsibles en la entrega, independientemente de su causa.

Si el proveedor incurre en un retraso en la entrega de los suministros y servicios, tendremos derecho a exigir, como penalización contractual, el 1 % del valor de la parte del suministro afectada por el retraso por cada semana de retraso iniciada, hasta un máximo del 10 % del valor del suministro afectado por el retraso. El derecho a ejercer los derechos legales adicionales existentes en caso de retraso en la entrega no se verá afectado.

VI.

  • Los precios acordados con nosotros son precios fijos e incluyen todos los gastos, incluidos los gastos adicionales, hasta el lugar de descarga acordado. La entrega se realiza de acuerdo con las condiciones de entrega acordadas. Salvo que se acuerde lo contrario, la entrega se realiza CIP según los Incoterms vigentes.
  • Cada entrega debe ir acompañada de un albarán. Las mercancías que normalmente requieren un certificado o para las que se acuerda uno, solo se considerarán entregadas en su totalidad cuando se presente dicho certificado, y la falta del mismo se considerará un defecto. Si, excepcionalmente, en un certificado se documentaran características diferentes a las que hemos solicitado, se nos deberá informar explícitamente antes de la entrega. Si, excepcionalmente, aprobamos la entrega con las características diferentes, dicha aprobación de la desviación se considerará concedida únicamente una vez.
  • En caso de entregas parciales, solo la entrega completa da derecho a la facturación. En caso de entregas iniciales o de muestras, el plazo de pago, incluso para los gastos únicos, solo comenzará a partir de nuestra autorización. En caso de entrega anticipada, el plazo de pago comenzará en la fecha de entrega acordada. Las facturas del proveedor vencen sin descuento en un plazo de 30 días a partir de su recepción. Si el pago se realiza en un plazo de 14 días a partir de la recepción de la factura, tenemos derecho a deducir un 3 % de descuento.

VII.

Quedan excluidas las reservas de propiedad del proveedor, independientemente de su naturaleza.

VIII.

Si se acuerdan costes únicos para la fabricación, como programas, herramientas, dispositivos, plantillas o modelos, estos medios de fabricación pasarán a ser de nuestra propiedad tras el pago de los costes únicos. El proveedor los conservará de forma gratuita para nosotros mientras mantenga la fabricación para nosotros, pero como mínimo durante 3 años desde la última entrega. El proveedor tratará nuestra propiedad con el mismo cuidado que la suya propia.

del proveedor. Todos los demás derechos sobre el software y la documentación, incluidas las copias, seguirán siendo propiedad del proveedor o del proveedor del software. No se permite la concesión de sublicencias.

IX.

  • Si encargamos programas (software) para su uso en nuestra empresa, estos pasan a ser de nuestra propiedad tras su pago, sin que tengamos que asumir contratos de mantenimiento u otras obligaciones recurrentes. Esto también se aplica en el caso de que inicialmente celebremos un contrato de mantenimiento de este tipo. Los programas que pasan a ser de nuestra propiedad de esta manera pueden ser utilizados por nosotros sin límite de tiempo. Si dichos programas han sido creados en su mayor parte para su uso en nuestra empresa, la propiedad también nos otorga el derecho de acceso, almacenamiento y modificación del programa.

X.

  • El proveedor ofrece garantía de conformidad con las disposiciones legales. La duración de la responsabilidad por defectos materiales (garantía) se determina según los plazos legales para reclamaciones por defectos materiales, incluso en caso de funcionamiento en varios turnos. La prescripción de una reclamación por defectos materiales para un defecto concreto se suspende mediante una notificación por escrito de nuestro defecto hasta que se subsane el defecto. No obstante, esta suspensión finalizará tres meses después de la recepción de la declaración por escrito de que el defecto ha sido subsanado o de que no existe ningún defecto. Notificaremos los defectos al proveedor por escrito (también por correo electrónico) tan pronto como se detecten en el curso normal de nuestras actividades comerciales.
  • Tras un plazo fijado por nosotros sin éxito para el cumplimiento posterior, tenemos derecho a subsanar los defectos nosotros mismos o a encargar su subsanación y a cargar los gastos al proveedor.
  • El proveedor es responsable de los daños consecuentes derivados de entregas defectuosas como si fuera el fabricante, incluso cuando no haya fabricado él mismo el producto, sino que lo haya suministrado como distribuidor.
  • El proveedor está obligado a indemnizarnos por todos los daños causados a las piezas que le hayamos entregado para su procesamiento, siempre que no se trate de consecuencias previsibles del procesamiento.
  • Si nosotros u otros subproveedores contratados por nosotros procesamos los productos suministrados por el proveedor y, durante o después del procesamiento o después de la reventa, se detectan defectos en los productos suministrados por el proveedor, el proveedor también será responsable de la compensación por la pérdida de valor añadido, siempre que los productos ya no sean o no hayan sido aptos para la reventa, más una tarifa fija por nuestros gastos administrativos de al menos el 10 % del valor de la mercancía defectuosa.

XI.

  • El proveedor será responsable de las reclamaciones que se deriven de la violación de los derechos de propiedad intelectual en el uso contractual de los suministros y servicios. Nos eximirá de todas las reclamaciones derivadas del uso de dichos derechos. Con la entrega de una obra protegida por derechos de autor, el proveedor nos concede un derecho de uso simple e ilimitado para todos los tipos de uso de la obra en cuestión.
  • El proveedor nos eximirá de todas las reclamaciones de responsabilidad civil de terceros que se deriven de entregas y prestaciones defectuosas por parte del proveedor.
  • El proveedor está obligado a contratar un seguro de responsabilidad civil por productos defectuosos y a mantenerlo vigente hasta el cumplimiento de todas las obligaciones de entrega y prestación de servicios con nosotros, con una cobertura mínima de 5 millones de euros en cada caso concreto. Está obligado a demostrarnos, previa solicitud, la existencia del seguro de responsabilidad civil por productos defectuosos.

XII.

  • Tenemos derecho a rescindir el contrato si el proveedor suspende sus pagos o se solicita un procedimiento de insolvencia o un procedimiento extrajudicial de conciliación sobre su patrimonio. No obstante, también tenemos derecho a hacer valer los derechos derivados del artículo 321 del Código Civil alemán (BGB) en lugar de rescindir el contrato.
  • Las piezas que entregamos para su procesamiento siguen siendo de nuestra propiedad y deben identificarse como tales y almacenarse por separado.

XIII.

  • En el caso de las entregas, el riesgo se transfiere a nosotros cuando la mercancía se entrega en nuestra fábrica.
  • Si alguna de las disposiciones de estas condiciones de compra fuera ineficaz, las demás disposiciones no se verán afectadas. Las partes contratantes acordarán una regulación que tenga en cuenta los intereses de ambas partes. Los acuerdos adicionales deberán formalizarse por escrito para que sean eficaces.

XIV.

  • Se aplica exclusivamente la legislación alemana. Queda excluida la aplicación del Convenio de las Naciones Unidas de 11 de abril de 1980 sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías. El lugar de cumplimiento para todas las entregas y prestaciones es nuestra fábrica en Monzingen. La jurisdicción exclusiva para todas las reclamaciones presentes y futuras con comerciantes, incluidas las reclamaciones por letras de cambio y cheques, es el tribunal competente para Renzmann GmbH.

Renzmann GmbH

En contacto directo con nosotros

¿Tienes alguna pregunta o deseas más información?

+49 (0)6751 878-0

Contactar por correo electrónico

info@dw-renzmann.de